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Estamos viendo como cada día suben los precios; a nadie se le escapa que cada día es más difícil llenar la cesta de la compra y a muchos les preocupa la pérdida de poder adquisitivo de la pensión de alimentos de sus hijos y se preguntan si es posible reclamar una subida.
Por supuesto que es posible reclamar una subida de la pensión de alimentos y en este artículo se explica cómo.
1 La pensión de alimentos.
Cuando una pareja con hijos se divorcia o se separa, se fija una pensión de alimentos para los hijos en el Convenio Regulador o en la Sentencia y ha de ser proporcional a la capacidad económica del que la presta y las necesidades económicas del que la recibe. Suele venir redactada en términos parecidos a estos:
“El padre contribuirá a los alimentos del hijo con la cantidad de …… Euros al mes. Esta cantidad se abonará por anticipado dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que la madre designe al efecto y su importe se actualizará cada año de acuerdo con el IPC publicado por el INE u organismo que viniera a sustituirle.”
La actualización de la pensión de alimentos no solo es posible, sino que para que la pensión pueda seguir cumpliendo su función, es imprescindible que vaya incrementando para adaptarse a la situación económica real.
2 ¿Qué es el IPC?
El Índice de Precios de Consumo (IPC) es un índice oficial que publica el Instituto Nacional de Estadística (INE) que nos indica la variación del coste de la vida.
Si consultamos la página web del INE nos podemos hacer una idea de la evolución de este índice. Así, vemos por ejemplo la variación de los últimos meses, en diciembre de 2022 el incremento fue del 5,7%, en enero de 2023 del 5,9% y en en febrero de 2023 se incrementó un 6%.
3 ¿Cómo se actualiza la pensión?
Realizar el cálculo es muy sencillo. Si, por ejemplo, tenemos una pensión de 300 euros fijada en Convenio Regulador o Sentencia de febrero de 2022 y queremos actualizarla a febrero de 2023, sabiendo que en ese período el IPC ha subido un 6%, simplemente se ha de añadir a la pensión este porcentaje y nos da como resultado 318 Euros. Esto quiere decir que a partir de febrero de 2023 la pensión es de 318 Euros mensuales.
Pero, ¿qué pasa si tengo la pensión de 300 euros desde febrero de 2020 y nunca se ha actualizado? Pues el cálculo sería así:
· Desde febrero de 2020 a febrero de 2021, el IPC fue del 0% así que no habría incremento.
· Desde febrero de 2021 a febrero de 2022, el IPC fue del 7,6%, por tanto la pensión aumentaría a 300,00 x 7,6%, es decir, 322,80 Euros y,
· Desde febrero de 2022 a febrero de 2023, el IPC fue del 6% y el cálculo se hará sobre 322,80 ya que la pensión se acumula, por tanto, la pensión aumentaría a 342,16 Euros.
4 ¿Cómo se reclama?
Lo primero que debe hacerse es comunicar este incremento al obligado a pagar la pensión, para que comience a abonar la pensión actualizada. La mejor forma de comunicárselo es enviándole un burofax.
En caso de que no abone el incremento de la pensión, entonces se puede reclamar en vía judicial mediante la interposición de demanda en el Juzgado competente.
5 Plazo para reclamar.
Se puede reclamar, aunque nunca se hubieran solicitado antes, los incrementos de los últimos 5 años. Los anteriores no se podrían reclamar porque habrían prescrito.
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